El acidito

Necesaria "cadena perpetua", para delitos graves

Cadena perpetua es una denominación popularmente utilizada para referirse a una variedad de penas privativas de libertad, utilizadas en el derecho penal, que tienen en común el encierro de por vida de la persona condenada hasta su fallecimiento. La pena corresponde a delitos de extrema gravedad. En muchos regímenes penales, las antiguas penas de "cadena", llamadas así debido a que la persona condenada debía permanecer encadenada, han sido sustituidas por las llamadas de penas de encierro o penas de encarcelamiento, que poseen variantes de acuerdo al mayor o menor rigor de las condiciones del encierro.

El presidente Nicolás Maduro, propuso este sábado una reforma constitucional para establecer cadena perpetua e inhabilitaciones políticas de por vida para delitos de corrupción y traición a la patria. Tal propuesta la realizó Maduro al referirse al caso del ex ministro de Petróleo Tareck El Aissami; donde poco a poco ha ido cayendo parte de ese grupo, que no solo nos despojó de miles de millones de dólares a los venezolanos, sino que también conspiraba para derrocar al Presidente Maduro. Sabemos que todavía faltan por caer parte de esos anillos del entramado de corrupción, incluso hay algunos que andan muy ligados con la "derecha", aspirando incluso, ser candidatos a Gobernadores por la oposición; como dirían en mi pueblo: "Fin de mundo, agarre allí comai".

Hay algunos colegas Abogados, incluso el denominado "Observatorio Venezolano de Prisiones"; que manifiestan, que tal propuesta es ilegal y no puede aceptarse, señalando además: "La imposición de la cadena perpetua refuerza la imagen de un Estado autoritario que sacrifica la dignidad y la libertad de los venezolanos a toda costa, esto en detrimento de los artículos 2 y 3 de la Constitución Nacional, los cuales proclaman el valor de la vida y la dignidad humana"; al respecto quiero señalar, el artículo 2 Constitucional establece "Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político"; en ese contexto se habla de "la vida", la propuesta no es matar a nadie, se habla de "la libertad", pero también se habla de "la justicia"; por lo tanto quien comete un delito no puede estar en libertad, y menos si ese delito es considerado grave o gravísimo en cuanto a lo planteado por el presidente Maduro; por su parte el artículo 3 nos señala: "El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad,…"; tampoco vemos ningún aspecto que colida con la reforma constitucional, porque si hablamos de respeto a la dignidad, siempre se respetara, solo que cada quien debe responder por sus actos y en ninguna parte se plantea que se atente contra la dignidad de nadie.

La propuesta de reforma constitucional está establecida en nuestra carta magna, en su artículo 342: "La Reforma Constitucional tiene por objeto una revisión parcial de esta Constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto Constitucional…". Y como todos sabemos tal reforma debe ser sometida a consulta popular, según lo establecido en el artículo 344 constitucional: "El proyecto de Reforma Constitucional aprobado por la Asamblea Nacional se someterá a referendo dentro de los treinta días siguientes a su sanción…". Como se puede apreciar, es un proceso largo y complejo, pero que preserva los principios fundamentales de la Constitución y de nuestros derechos; además, quien tiene la última palabra es el pueblo, a través de su voto universal, directo y secreto.

A quienes se dan golpe de pecho, por ser fieles seguidores de las políticas de Estados Unidos, es importante recordarles que, USA establece la acumulación de varias cadenas perpetuas; por ejemplo Theodore Kaczynski, purga ocho cadenas perpetuas por atentar contra la vida de varias personas con cartas bombas. Además también se contempla, en Estados Unidos, la pena de muerte.

En Colombia no hay cadena perpetua ni pena de muerte, pero contempla una pena máxima de 60 años, a diferencia de los 30 de nuestra legislación.

La cadena perpetua formal existe en 183 países, de cuales en 65 se imponen de por vida sin posibilidades de libertad condicional.

Nuestras sociedades, a nivel mundial, han ido en gran deterioro social, provocando una mayor comisión de delitos, y estamos conscientes que las penas deben ser incrementadas para los delitos graves; por ello apoyamos al presidente Maduro en la propuesta de la cadena perpetua, pero que además para los delitos de traición a la patria y de corrupción, también se aplique a los casos de violación de niños, niñas o adolescentes y a los homicidios causados con crueldad y tortura.



Esta nota ha sido leída aproximadamente 660 veces.



Reinaldo Silva


Visite el perfil de Reinaldo Silva para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes: