TSJ acordó notificar al Líbano sobre el tiempo perentorio para presentar solicitud de extradición de una ciudadana

Edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)

Edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)

Credito: Archivo

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) acordó notificar al Gobierno de la República Libanesa, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de 60 días continuos que tiene (luego de su notificación), para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria para la extradición de la ciudadana venezolana Hasna Mouawad De Yamin, conforme a lo previsto en el artículo 387 del Código Orgánico Procesal Penal, requerida por las autoridades judiciales libanesas por la presunta comisión del delito de falsificación.

Agrega la sentencia N° 263 de la Sala de Casación Penal, con ponencia de la magistrada Yanina Beatríz Karabín de Díaz, que en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, se ordenará el cese de la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada contra la referida ciudadana.



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